Teleasistencia Domiciliaria del Ayuntamiento de Vigo

El servicio de teleasistencia domiciliaria es una prestación social de naturaleza tecnológica que, a través de una línea telefónica y con un equipo de comunicaciones e informático específico, permite a las personas usuarias ponerse en contacto con un centro de atención de llamadas que cuenta con personal especializado para dar respuesta a sus necesidades de forma ininterrumpida las 24 horas del día y los 365 días del año.El servicio municipal se justifica en la necesidad de facilitar una atención domiciliaria a determinados colectivos especialmente vulnerables como el de las personas mayores, con discapacidades, dificultades de autonomía personal, carencia de relaciones personales y familiares o afectados por enfermedades crónicas y otras patologías asociadas, siempre que no estén incluidas en el sistema de atención a la dependencia. Se trata de un servicio social de carácter normalizador con el que se busca la permanencia de las personas usuarias en su medio habitual evitando internamientos innecesarios en centros y con la tranquilidad de que en cualquier situación de riesgo o emergencia serán atendidas con diligencia.

A quién está dirigido

Podrán ser beneficiarias las personas mayores de 65 años o con discapacidad que estén empadronadas en Vigo, se encuentren en situación de riesgo psicosocial o físico, vivan solas, total o parcialmente (en los términos que se establecen en su Reglamento), y no tengan reconocimiento de la situación de dependencia, ni la titular del servicio ni la beneficiaria.

Cómo hacerlo

Por Internet

Enviando la solicitud y documentación requerida al Registro General del Ayuntamiento a través de la carpeta ciudadana.




Presencialmente

Solo para los solicitantes no obligados a relacionarse telemáticamente con la administración (puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica).

Las personas solicitantes de las ayudas presentarán sus solicitudes y demás documentación requerida en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).

Plazos

Durante todo o ano.

Documentación requerida

  • Documentación a presentar por las personas de la unidad familiar, si no autorizan al Ayuntamiento de Vigo para obtener de otros organismos públicos y privados la información necesaria para tramitar la solicitud:
    • Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte en vigor del solicitante
      y del/la beneficiario/a en su caso.
    • Certificación o Declaración del IRPF
      del último ejercicio o, de ser el caso, certificado negativo del IRPF del solicitante del/a beneficiario/a
    • Certificado de prestaciones públicas del solicitante y del/la beneficiario/a
      De ser el caso, certificado de pensiones de la Seguridade Social, ISFAS, subsidio de desempleo, RISGA o de cualquier otra prestación pública del solicitante y del beneficiario/a. En caso de que la persona solicitante tuviese cónyuge o pareja de hecho, se entenderá como renta personal, la mitad de la suma de los ingresos de ambos miembros de la pareja.

Normativa Municipal

Ayuntamiento de Vigo (Servicio de Administración Electrónica)

Praza do Rei 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100

Servicios de la Sede Electrónica

Carpeta ciudadana

Para tener acceso a este apartado necesita identificarse mediante usuario y clave de Carpeta Ciudadana o mediante Certificado electrónico (como el DNI electrónico).

Más información