Subvenciones para la realización de programas y/o actividades de promoción de las mujeres durante el ejercicio 2022.

Convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, cuya finalidad es contribuir a financiar los gastos ocasionados por el desarrollo de programas y actividades encaminados al fomento y a la consolidación del asociacionismo femenino, a la promoción de las mujeres en todos los ámbitos de la vida pública y personal, así como en la prevención y combate de la violencia de género, que lleven a cabo las entidades sin ánimo de lucro y que se realizasen desde el 30 de octubre de 2021 y el 31 de octubre de 2022 (ambos incluidos).

Cada entidad podrá presentar un único programa que cumpla alguna de las siguientes finalidades:

1. - Atender las demandas y necesidades de las mujeres en función de las siguientes áreas de prioridad establecidas por la Concellería de Igualdad: Educación en Igualdad, Conciliación y Corresponsabilidad, Empoderamento y Liderazgo, Empleo y Formación, Violencia de Género, Atención a la Diversidad y Promoción de la Salud y el Bienestar.

2. - Promover la inversión de recursos sociales en acciones positivas para las mujeres, que favorezcan el acceso y permanencia de las mujeres en aquellos ámbitos donde se encuentren subrepresentadas. Promoviendo como por ejemplo: acciones formativas en áreas y/o sectores con escasa presencia femenina, acceso y permanencia de mujeres en puestos de responsabilidad o establecimiento de medidas, acciones y/o dispositivos que visibilicen y faciliten la participación de las mujeres pertenecientes a colectivos en riesgo de exclusión.

3. - Organizar y promover actividades en ámbitos y/o áreas tradicionalmente feminizadas, dirigidas a la población masculina.

4. - Potenciar el asociacionismo femenino, la participación activa de las mujeres en los órganos de toma de decisiones de las asociaciones, así como la participación de las mujeres en todos los ámbitos de actuación de las organizaciones.

5. - Impulsar la apertura de nuevos canales de intervención a favor de las mujeres en el campo socio-laboral, educativo y familiar, evitando perpetuar los papeles tradicionalmente sexistas. Desarrollando tanto actividades de sensibilización, como proyectos con actuaciones innovadoras que propicien la eliminación de papeles y estereotipos de género.

6. - Favorecer actividades de investigación, educativas y/o culturales encaminadas a poner en valor y visibilizar la contribución de las mujeres a la sociedad a lo largo de la historia.

7.- Promover y visibilizar las aportaciones y el papel que desarrollan las mujeres en los distintos sectores relacionados con la pesca (extracción, acuicultura, venta, investigación, etc) y/o en los oficios derivados del mar, como rederas, conserveras, armadoras, mariscadoras, etc.

8.- Organizar actividades dirigidas a facilitar la adquisición de competencias y habilidades básicas para una mayor autonomía de las mujeres: de carácter formativo, o de carácter cultural, artístico o de ocio.

9- Concienciar y formar a hombres y mujeres a través de la impartición de módulos formativos sobre género e Igualdad de Oportunidades (IO) impartidos por profesionales especializadas con formación acreditada en este campo.

A quién está dirigido

Entidades jurídicas sin ánimo de lucro que tengan su sede social o delegación en el término municipal de Vigo, se encuentren debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones en la fecha de presentación de la solicitud y cumplan los demás requisitos que establecen las bases y convocatoria.

Cómo hacerlo

Por Internet

Pulse el botón "Tramitar por Internet" y siga las instrucciones.

La solicitud no quedará registrada hasta adjuntar la documentación requirida.




Plazos

Prazo de presentación de solicitudes: 28 de abril a 11 de maio de 2022 (ambos incluídos)

Documentación requerida

Observaciones

Gastos subvencionables e importe máximo de la ayuda:

Serán gastos subvencionables los que de manera indudable correspondan a la participación u organización de la actividad objeto de la ayuda.

Los costes indirectos formarán parte de la justificación de la subvención, siempre que se imputen al programa subvencionado hasta un máximo del 10% de los gastos directos.

Se establece la contía de 3.000 € como cuantía máxima de la ayuda a conceder por entidad beneficiaria.

La cuantía de cada subvención podrá llegar hasta el 100% del coste de la actividad, sin superar la cuantía de la ayuda máxima establecida en 3.000 € por entidad beneficiaria.

Oficinas

  • Servicio de igualdad

    Ayuntamiento de Vigo. 1º piso. Plaza del Rey número 2, 36202 Vigo

    Teléfono: 986 810 284

    Correo electrónico: ofi.muller@vigo.org

Normativa Municipal

Ayuntamiento de Vigo (Servicio de Administración Electrónica)

Praza do Rei 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100

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