De conformidade con el artículo 148 de la Ley 2/2016 del suelo de Galicia y 366 de la Legislación de la dicha Ley se considerará parcelación urbanística la división de terrenos en dos o más lotes con el fin de su edificación.
Para estos efectos, son parcelacións urbanísticas todas las divisiones o segregacións de terrenos cuando, con independencia de la clase de suelo en el que se pretendan realizar, tengan como objetivo llevar a cabo o facilitar los actos de utilización propios del suelo urbano y la implantación de obras propias de este suelo, por razón de las características físicas de los terrenos afectados, de su delimitación por viais existentes o de nueva creación, de la implantación de servicios urbanísticos o de las características de las obras descritas en la operación de división.
Estarán sujetas la licencia previa todas las parcelacións, segregacións u otros actos de división de terrenos y en cualquier clase de suelo urbanísticos no incluidos en proyectos de reparcelamento.
Será innecesario el outorgamento de licencia cuando la división o segregación sea consecuencia de:
a) La aprobación de un proyecto de compensación, reparcelación o expropiación
b) La execución de infraestruturas y dotacións públicas.
c) El outorgamento por el planeamento de distinta clasificación o calificación de la parcela de origen.
En estos casos, podrá solicitarse un certificado sobre lo innecesario de la dicha licencia.
Cualquier persona física o jurídica.
Pulsando en el botón "Tramitar por Internet" puede realizar el pago de la autoliquidación online y enviar la documentación requerida de forma telemática. De esta manera la solicitud resultante y la documentación requerida quedará registrada de forma automática en el Registro de la Gerencia de Urbanismo sin que tenga que realizar ningún trámite de forma presencial.
Obligatoria de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas : Personas jurídicas, Entidades sin personalidad jurídica. Profesionales de colegiación obligatoria, en el ejercicio de su actividad profesional y quien represente a obligados a relacionarse de forma electrónica
Solo para los solicitantes no obligados a relacionarse telemáticamente con la administración (puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica).
Deberá entregar el impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con el justificante del pago de la tasa correspondiente así como la documentación requerida en el registro de la gerencia de urbanismo.Plaza del Rey s/n
Teléfono: 986 810 320
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Praza do Rei 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100
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