
Subvenciones para la organización de eventos y congresos de interes turístico en el año 2023
El objeto de la subvención, a laque se refieren las presentes bases, es contribuír a la dinamización del sector turístico a través de la realización de eventos encaminados al fomento y promoción del turismo en beneficio del desarrollo turístico local, a través del apoyo, difusión y ayudas a las personas físicas y jurídicas y las entidades legalmente constituídas de la ciudad de Vigo que desarrollen eventos y congresos con interés turístico, en los vigentes presupuestos del Ayuntamiento de Vigo para el año 2023
Al efecto de justificar la subvención los beneficiarios deberán acercar electrónicamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Vigo, por cualquiera de los mecanismos de identificación admitidos en la sede electrónica:
- Anexo II.1. Relación de facturas presentadas como justificación por el importe subvencionado.
- Anexo II.2. Declaración responsable.
- Anexo II.3. Balance de gastos según los aspectos recogidos en la cláusula segunda de estas bases.
- Memoria detallada de las acciones de promoción turística concretando los aspectos que se recogen en la cláusula séptima de estas bases, justificando con material gráfico la realización de las acciones.
- Justificantes acreditativos de los gastos vinculados al proyecto subvencionado por el importe subvencionado, en relación con el apartado o apartados para lo cual está destinada la ayuda con las siguientes especificidades: La justificación deberá hacerse con documentos originales por la parte subvencionada y con facturas por el resto del Presupuesto. Las facturas deberán recoger el número de CIF, la fecha, el número de factura y el IVA. Estos justificantes quedarán la disposición del Ayuntamiento de Vigo. No se admitirán facturas que no reúnan las condiciones previstas en el del RD 1.619/2012, de 30 de noviembre por lo que se aprueba el reglamento por lo que se regulan los deberes de facturación.
- Importe justificativo: Se tendrá en cuenta como importe justificativo la Base Imponible del importe de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente que se presenten como justificación, excepto que se acredite debidamente mediante certificado de la agencia Tributaria que la entidad está exenta de IVA, o que se declare en el anexo II.2 en su momento que el importe del IVA derivado de los gastos de la ayuda a justificar en relación a la subvención concedida por el Concejalía de Turismo del Ayuntamiento de Vigo en relación al desarrollo del proyecto es asumido por la entidad beneficiaria al no poder deducirlo.
- Cualquier otra documentación que le sea solicitada por el Ayuntamiento, en relación con la justificación de la subvención.
Convocatoria
- Plazo solicitudes: 18/09/2023 - 06/10/2023.
Documentación
- Extracto de la convocatoria (11/09/2023).
- Bases reguladoras y convocatoria (11/09/2023).
- Extracto de convocatoria (15/09/2023).
- Anexo I.1 - Solicitud (15/09/2023).
- Anexo I.2 - Declaración responsable requisitos legales (15/09/2023).
- Anexo I.3 - Presupuesto (15/09/2023).
- Anexo I.4- Certificado secretario (15/09/2023).
- Anexo I.4- Certificado secretario entidad (15/09/2023).
- Anexo II.1- Relación de facturas presentadas (15/09/2023).
- Anexo II.2- Declaración responsable (15/09/2023).
- Anexo II.3- Balance de gastos (15/09/2023).