
Calendario días inhábiles
Suspensión de plazos
El 14 de marzo de 2020 entró en vigor el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que en su Disposición Adicional Tercera – Suspensión de plazos administrativos estableció la suspensión de términos e interrupción de plazos para la tramitación de procedimientos administrativos.
- Calendario de días inhábiles (incluye la suspensión de plazos)
El cómputo de plazos en la Administración se rige por el artículo 30 y 31 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El calendario laboral lo publica la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 2001/1983 .
Por tanto, con carácter general serán días inhábiles:
- Todos los sábados y domingos
- Determinadas fiestas religiosas establecidas en todo el ámbito nacional, como son: 15 de agosto; 1 de noviembre; 8 de diciembre; 6 de enero
- Fiestas de ámbito nacional reconocidas en el Estatuto de los Trabajadores: 1 de enero; 1 de mayo; 12 de octubre; 25 de diciembre
- Fiestas de carácter cívico: 6 de diciembre
- Fiestas de carácter cívico y religiosos de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales
Días inhábiles 2025
Todos los sábados y domingos y además los festivos:
- 2025-01-01
- 2025-01-06
- 2025-03-04
- 2025-03-28
- 2025-04-17
- 2025-04-18
- 2025-05-01
- 2025-07-25
- 2025-08-15
- 2025-12-08
- 2025-12-25