Solicitud / Autoliquidación de Inscripción de un Perro en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos

Ls personas propietarias de perros considerados como de raza peligrosa tienen que inscribirlos en el Ayuntamiento de residencia del animal, aunque no sea coincidente con el Ayuntamiento de residencia del propietario del perro.

Según el Decreto 90/2002, del 28 de febrero, se consideran perros potencialmente peligrosos aquellos que pertenezcan a cualquiera de estos grupos:

- Los que hubiesen tenido episodios de agresiones a personas o ataques de cierta entidad a animales o a cosas.

- Los que hubiesen sido entrenados para la guardia y defensa .

- Los que manifiesten una marcada agresividad natural o inducida mediante entrenamiento, malos tratos o cualquier otro medio.

- Los que pertenezcan a las siguientes razas: Akita Inu / American Bully / American Stadfforshire Terrier / Bullmastif / Bull Terrier / Doberman / Dogo Argentino / Dogo de Burdeos / Dogo del Tibet / Fila Brasileño / Mastín Napolitano / Pitbull terrier / Presa Canario / Presa Mallorquín (Ca de Bou) / Rottweiller / Staffordshire Bull Terrier / Tosa Inu.

Antes de tramitar la inscripción del perro debe tramitar la licencia para la tenencia del mismo.

A quién está dirigido

Las personas mayores de edad propietarias de perros considerados como potencialmente peligrosos.

Documentación requerida

    • Solicitud de Inscripción en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos
    • Documento Acreditativo de la Implantación del Microchip y Alta en el REGIAC
    • Cartilla de vacunación
      (datos propietario, vacinas, ...)
    • Seguro de responsabilidad civil
      Póliza de responsabilidad civil donde se especifique, claramente, que el solicitante figura como asegurado en la póliza y que cada animal tiene una cobertura mínima de 125.000 euros, detallando el nombre del animal, el microchip y la raza. Este seguro se deberá mantener vigente para la validez de la licencia.
    • Recibo de pago del seguro en vigor
      Recibo de pago del seguro de responsabilidad civil en vigor.
    • Justificante del pago de tasas
      En el caso de tramitación presencial, la carta de pago se expide en el servicio de información general.
    • Licencia municipal
      si fue expedida en otro ayuntamiento.

Cómo hacerlo

Por Internet

Puede realizar el pago de la autoliquidación y enviar la documentación requerida de forma telemática. De esta manera la solicitud resultante y la documentación requerida quedará registrada de forma automática.




Presencialmente

Debe cubrir el formulario web, en esta página, y presentar la solicitud/autoliquidación resultante en las entidades bancarias colaboradoras para hacer el pago de la tasa.

Una vez hecho el pago presente el impreso correspondiente al Ayuntamiento, junto con la documentación necesaria, en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo.

Una vez presente toda la documentación para la tramitación de la inscripción, el departamento de Medio Ambiente tramitará el expediente administrativo inscribiendo su perro en el Registro de Animales Considerados Potencialmente Peligrosos, remitiéndole por correo la resolución del Concejal delegado del área de Medio Ambiente y, posteriormente, se le hará entrega del carné de inscripción del perro en el Registro Municipal.

Por correo

Debe cubrir el formulario web, en esta página, y presentar la solicitud/autoliquidación resultante en las entidades bancarias colaboradoras para hacer el pago de la tasa.

Una vez hecho el pago envíe el impreso correspondiente al Ayuntamiento, junto con la documentación necesaria, al Registro General del Ayuntamiento de Vigo.

Plazos

A inscrición farase aos 15 días da obtención da correspondente licenza municipal. Co fin de axilizar os trámites, pode presentar a solicitude de licenza e de inscrición do animal ao mesmo tempo.

Observaciones

Sanciones: 

Según lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto 90/2002, del 28 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Galicia, "en materia de infracciones y sanciones regirá lo dispuesto en la ley 50/1999, del 23 de diciembre, sobre régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos y en la ley 1/1993, del 13 de abril, de protección de animales domésticos y salvajes en cautividad".

Entre otras cabe citar que el artículo 13 punto 2 letras b) y c) de la ley 50/1999, del 23 de diciembre, considera como infracciones graves incumprir el deber de identificar el animal y omitir la inscrición en el Registro , tipificadas en el punto 5 de dicho artículo con sanciones desde 300,51 euros hasta 2404,05 euros.

Informar también que según lo estipulado en el artículo 20 punto 3 del citado decreto "el órgano competente para sancionar por infraccións graves es el Director General de Conservación de la Naturaleza de la Consellería de Medio Ambiente".

Recuerde que debe llevar el perro por la calle o lugares públicos de la siguiente manera:

- Con bozal idóneo, atado con cadena o correa no extensible de longitud no superior a 2 metros.

- Debe llevar la licencia municipal y la certificación acreditativa del animal en el registro de animales potencialmente peligrosos.

- No puede llevar más de uno de estos perros al mismo tiempo.

Preguntas frecuentes:

¿Donde se tramita la inscrición del perro? En el ayuntamiento de residencia del animal, pese a que no sea coincidente con el ayuntamiento de residencia del propietario del perro. Ejemplo: Si usted vive en Vigo, tramitará la licencia en Vigo, pero si el perro lo tiene en una casa en Porriño, tendrá que inscribir al perro en el Ayuntamiento de Porriño.

Oficinas

  • Registro General Ayuntamiento de Vigo
    Plaza del Rey 1
    36202 - Vigo

    Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.

  • Oficina de Medio Ambiente Ayuntamiento de Vigo
    Praza do Rei 1
    2ª Planta
    36202 - Vigo
    Teléfonos: 986 810 210 ; 986 810 204

    Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

Normativa Municipal

Legislación relacionada

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