Exención del Impuesto sobre Incremento del Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía)

Estarán exentos de este impuesto los incrementos de valor que se manifiesten como consecuencia de las transmisiones de bienes que se encuentren dentro del perímetro delimitado como Conjunto Histórico Artístico, o hayan sido declarados individualmente de interés cultural, según lo establecido en la Ley 16/1985 de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español cuando sus propietarios o titulares de derechos reales acrediten que han realizado a su cargo obras de conservación, mejora o rehabilitación de dichos inmuebles en los cinco años inmediatamente anteriores al devengo del impuesto.

A quién está dirigido

Las transmisión de bienes que se encuentren dentro del perímetro delimitado como Conjunto Histórico Artístico, o hayan sido declarados individualmente de interés cultural.

Cómo hacerlo

Por Internet

Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.




Presencialmente

Presentando la solicitud y la documentación requerida en el Registro General del Ayuntamiento.

Documentación requerida

Observaciones

Para poder disfrutar de esta exención, los sujetos pasivos deberán solicitarla de forma expresa en el plazo de declaración del impuesto, acreditando, mediante facturas o certificaciones de obra, un desembolso efectivo que iguale o supere al valor catastral asignado al inmueble en el momento del devengo del impuesto.

Oficinas

  • Oficina de Plusvalía Ayuntamiento de Vigo Administración de Tributos - Departamento de Plusvalía Plaza del Rey 1 36202 Vigo Teléfono: 986 810 264 / 986 810 100 Extensión 1763 Email: ofi.plusvalias@vigo.org

    Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

Normativa Municipal

Trámites relacionados

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Praza do Rei 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100

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