Mediante este trámite, las personas interesadas ponen en conocimiento de la administración pública competente sus datos de identificación y demás requisitos exigibles para la realización de obras menores, conforme a lo establecido en el artículo 69.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Son obras menores, caracterizadas por su escasa entidad económica y por su sencillez técnica, que las eximen de la necesidad de documentación técnica, dirigidas a la simple reparación, decoración, o mantenimiento y limpieza, excepto en edificios catalogados en los que todas las obras están sujetas a licencia previa.
Se incluyen las obras enumeradas en la siguiente relación:
1. Mantenimiento de partes no edificables de parcelas y solares:
1.a Limpieza y roza interior de parcelas y solares, sin movimientos de tierras.
1.b Reparación de cierres de parcelas sin afecciones estructurales.
1.c Tala de árboles que no forman masa arbórea.
2. Mantenimiento de fachadas de los edificios:
2.a Reparación y sustitución de elementos auxiliares de la cubierta (canales, bajantes y barandillas).
2.b Limpieza y pintado de fachadas. 2.c Cambio de carpintería exterior, persianas, barandillas o similares.
3. Mantenimiento de cubiertas de los edificios:
3.a Sustitución puntual de material de cubiertas o terrazas.
4. Mantenimiento y actualizaciones de las instalaciones de los edificios:
4.a Sustitución de instalaciones privativas de vivienda o local (agua, gas, electricidad, desagües o similar).
4.b Nuevas instalaciones no encastradas en elementos estructurales (vigas, pilares, paredes maestras, etc.), sin instalaciones en el exterior.
4.c Mantenimiento de instalaciones comunes del edificio (ascensor, calderas, etc.).
5. Mantenimiento o sustitución de los acabados interiores de los edificios: 5.a En paredes, suelos y falsos techos. 5.b Reformas en cocinas o baños que no modifiquen las divisiones interiores.
La comunicación previa deberá realizarse con una antelación mínima de 15 días hábiles..
Cualquier persona física o jurídica que vaya a realizar una actividad sujeta a comunicación previa.
Pulsando en el botón "Tramitar por Internet" puede realizar el pago de la autoliquidación online y enviar la documentación requerida de forma telemática. De esta manera la solicitud resultante y la documentación requerida quedará registrada de forma automática en el Registro de la Gerencia de Urbanismo sin que tenga que realizar ningún trámite de forma presencial.
Obligatoria de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas: Personas jurídicas, Entidades sin personalidad jurídica. Profesionales de colegiación obligatoria, en el ejercicio de su actividad profesional y quien represente a obligados a relacionarse de forma electrónica.
Solo para los solicitantes no obligados a relacionarse telemáticamente con la administración (puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica).
Deberá entregar el impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con el justificante del pago de la tasa correspondiente así como la documentación requerida en el registro de la gerencia de urbanismo.En edificios catalogados todas las obras están sujetas a la licencia de obra previa.
Plaza del Rey s/n
Teléfono: 986 810 320
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Praza do Rei 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100

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