Solicitud para Investigar en el Archivo y Hemeroteca Municipal

Mediante este trámite podrá acceder a las dependencias del Ayuntamiento para consultar los documentos, expedientes y planos de los archivos y hemeroteca municipales.

Se podrá hacer fotocopias de la documentación que se precise mediante el pago, salvo exención, de la tasa prevista en la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Documentos Expedidos por la Administración.

A quién está dirigido

Cualquier persona.

Cómo hacerlo

Por Internet

Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.




Presencialmente

Se presentará en el Registro General del Ayuntamiento la solicitud en impreso normativo. Posteriormente el Ayuntamiento se pondrá en contacto con el solicitante para comunicarle el día y la hora en el que podrá hacer la consulta.

Documentación requerida

Observaciones

Estarán exentos de la tasa de expedición de documentos y compulsa de otros que habían sido solicitados por investigadores, estudiantes y organizaciones no gubernamentales sin ánimo de lucro, así como los servicios prestados para proveer a los interesados de documentación necesaria para tener acceso a prestaciones sociales. En el caso de investigadores se acreditará el interés, investigación o estudio a realizar.

Para poder disfrutar de la exención de tasas de realización de copias de documentos y expedientes obrantes en el archivo general del Ayuntamiento (apartado 5 del artículo 5 de la Ordenanza) deberá solicitarse por escrito haciendo constar los siguientes datos:

A) Estudiantes:

- Nombre, DNI y domicilio.

- Estudios que cursa o realiza.

- Objeto de la investigación o trabajo.

- Profesor encargado o director del trabajo.

- Cálculo de la tasa que resultaría en el caso de denegarse la exención.

B) Investigadores y otros.

- Nombre, DNI y domicilio.

- Profesión o actividad.

- Titular de la investigación o responsable de la misma.

- Objeto de la investigación.

- Cálculo de la tasa que resultaría en el caso de denegarse la exención.

La citada solicitud será entregada directamente en el Archivo General y la exención procederá de oficio excepto que, por no haberse acreditado suficientemente los datos anteriores o el interés de la investigación, proceda la denegación de la exención de tasas previo informe del Jefe del Archivo General y Jefe de Área de Régimen Interior.

Ayuntamiento de Vigo (Servicio de Administración Electrónica)

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