Solicitud de Compensación de Deudas

Las deudas con la Hacienda Municipal podrán extinguirse total o parcialmente por compensación, tanto en período voluntario cómo ejecutivo, con los créditos reconocidos por la misma a favor del deudor.

A quién está dirigido

Cualquier persona física o jurídica que tenga un crédito reconocido por el Ayuntamiento.

Cómo hacerlo

Por Internet

Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.




Presencialmente

El deudor que solicite la compensación deberá dirigirle al Ayuntamiento la correspondiente solicitud que contendrá los siguientes requisitos:

a) Nombre y apellidos o razón social completa, Número de identificación fiscal y domicilio fiscal del obligado tributario.

b) Deuda tributaria a la que se refiere la compensación y su importe, fecha de vencimiento del plazo de ingreso voluntario y referencia contable.

c) Crédito contra el Ayuntamiento que se ofrece compensar, su importe y naturaleza.

d) Declaración expresa de no haber transmitido o cedido el crédito a otra persona.

Documentación requerida

    • Solicitud de Compensación de Deudas 2 copias
    • Certificado de la oficina de contabilidad municipal de la existencia de crédito reconocido y pendiente de pago
      O en su caso, justificación de haber solicitado certificado de la oficina de contabilidad del órgano gestor del gasto o del pago, en el que se refleje la existencia del crédito reconocido pendiente de pago, la fecha de su reconocimiento y la suspensión, la instancia del interesado, de los trámites para su abono en tanto no se comunique la resolución del procedimiento de compensación.
    • Impreso de autoliquidación
      Para el caso de solicitud de compensación con deudas autoliquidables. Salvo que el interesado no esté obligado a presentarlo por obrar ya en poder de la Administración, en tal caso, señalará en la solicitud el día en que presentó por registro la autoliquidación y su número de justificante.
    • Documentación Complementaria
      Cuando se solicite la compensación con la devolución de un ingreso indebido por cualquier tributo deberá presentar: - Copia del acto. - Resolución o sentencia firme. - Declaración escrita del solicitante de que tal acto no está reclamado.

Observaciones


La Alcaldía acordará o denegará la compensación en el plazo máximo de seis meses.


Oficinas

  • Tesorería - Recaudación Ayuntamiento de Vigo Planta Baja Plaza del Rey 1 - 36202 Vigo
    Teléfonos: 986 810 133; 986 810 126; 986 810 275
    E-mail: ofi.voluntaria@vigo.org

    Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

Normativa Municipal

Trámites relacionados

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