Bonificación del 90% o 50% del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) - Familia numerosa

Tendrán derecho la una bonificación del 90% o 50% de la cuota íntegra del impuesto los sujetos pasivos –padre, madre o tutor- titulares de familia numerosa, relativa a la vivienda que constituya la residencia habitual de la familia.

A quién está dirigido

Padre, madre o tutor titulares de familia numerosa, respeto a la vivienda que constituya la residencia habitual de la familia y siempre y cuando cumplan la siguientes condiciones.

a) Si los importes brutos anuales de los miembros de la familia numerosa, en el ejercicio fueran inferiores a 6.223 €, la bonificación será del 90%.

b) Si los ingresos habían estado entre 6.224 € y 7.955 €, la bonificación será del 50%.

Cómo hacerlo

Por Internet

Clique en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.




Presencialmente

Solo para los solicitantes no obligados a relacionarse telemáticamente con la administración (puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica).

Cubriendo la solicitud en documento reglamentario y entregarlo, junto con la documentación requerida, en las oficinas del I.B.I.

Plazos

Esta bonificación se concederá para cada ejercicio, debiendo solicitarla los sujetos pasivos antes del 31 de diciembre.

Documentación requerida

Oficinas

  • Oficina del I.B.I. Ayuntamiento de Vigo Administración de Tributos - Departamento de I.B.I. Planta Baja Plaza del Rey 1 36202 Vigo Teléfono: 986 810 116 / 986 810 100 Extensión 1347

    Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

Normativa Municipal

Trámites relacionados

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Praza do Rei 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100

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