Bonificación del 90% o 50% del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) - Familia numerosa
Tendrán derecho la una bonificación del 90% o 50% de la cuota íntegra del impuesto los sujetos pasivos –padre, madre o tutor- titulares de familia numerosa, relativa a la vivienda que constituya la residencia habitual de la familia.
A quién está dirigido
Padre, madre o tutor titulares de familia numerosa, respeto a la vivienda que constituya la residencia habitual de la familia y siempre y cuando cumplan la siguientes condiciones.
a) Si los importes brutos anuales de los miembros de la familia numerosa, en el ejercicio fueran inferiores a 6.223 €, la bonificación será del 90%.
b) Si los ingresos habían estado entre 6.224 € y 7.955 €, la bonificación será del 50%.
Cómo hacerlo
Por Internet
Clique en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.
Presencialmente
Cubriendo la solicitud en documento reglamentario y entregarlo, junto con la documentación requerida, en las oficinas del I.B.I.
Plazos
Esta bonificación concederase para cada exercicio, debendo solicitala os suxeitos pasivos antes do 31 de decembro.
Documentación requerida
Oficinas
Normativa Municipal
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