La tipicación de infracciones administrativas vienen recogidas en el artículo 50 (parcialmente derogado) de la Ordenanza Municipal correspondiente.
Además se debe tener en cuenta:
1. Se establece la obligación de los propietarios de terrenos, urbanizaciones de iniciativa particular, edificaciones y carteles , de mantenerlos en las condiciones de funcionalidad, seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad según su destino, y con arreglo a las normas de protección del medio ambiente, del patrimonio histórico y rehabilitación.
El Ayuntamiento ordenará, de oficio o a instancia de cualquier interesado, mediante el correspondiente expediente y previa audiencia de los interesados, la ejecución de las obras necesarias para conservar estas condiciones, con indicación del plazo de realización. En caso de incumplimiento de la orden de ejecución, el Ayuntamiento procederá a la ejecución subsidiaria de la misma o a la imposición de multas coercitivas hasta doblegar la voluntar del infractor. (Vid. Art. 199 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural de Galicia).
2. El abandono, vertido o eliminación incontrolado de residuos urbanos (Vid. Art. 3.b de la Ley 10/1998 y art. 3 de la Ley 10/19997) sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas constituye una infracción grave (Vid. Art. 34.3.b en relación con el art. 37.2 de la Ley 10/1998) según la Ley 10/1998.
Sanciones: Vid art. 35.1. b) de la Ley 10/1998
3. La no recogida de las defecaciones de animales en la vía pública se sanciona según lo previsto en la Ordenanza Municipal para la protección y tenencia de animales (BOP, nº 119, de 22/06/2000).
Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.
Solo para los solicitantes no obligados a relacionarse telemáticamente con la administración (puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica).
Cubriendo el impreso de denuncia y entregándolo en el Registro Municipal del Ayuntamiento.
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Praza do Rei 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100
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