El sujeto pasivo obligado al pago de la deuda tributaria es único, aunque concurran varios cotitulares sobre un mismo objeto tributario.
Sin embargo, cuando un bien inmueble pertenece a varios titulares, existe la posibilidad de que cada año pague el impuesto un cotitular, siempre y cuando con relación con el dicho inmueble, este cotitular figure inscrito en el Catastro.
Aquellos cotitulares que deseen que a partir del año siguiente realice el pago otro cotitular.
Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.
Solo para los solicitantes no obligados a relacionarse telemáticamente con la administración (puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica).
Cubriendo la solicitud disponible en esta página y entregándola en el Registro General del Ayuntamiento.
Deberá presentarse ata o 31 de marzo para que cause efectos para o exercicio actual. Con posterioridade a este prazo o cambio terá efectos para o ano seguinte.
La solicitud implicará el cambio de cotitularidad como sujeto pasivo en los ejercicios económicos siguientes en tanto no solicite un nuevo cambio de sujeto pasivo.
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
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