Terminadas las obras de edificación, autorizadas en las correspondientes licencias previas, la persona titular de la licencia, lo pondrá en conocimiento del Ayuntamiento de Vigo, mediante impreso normalizado de comunicación previa de primera ocupación, junto con la documentación preceptiva.
Antes de la comunicación previa de primera ocupación de la edificación deberán cumplimentarse todas las condiciones de la licencia de obras autorizada (cesiones, urbanización ....).
Cualquier persona física o jurídica.
Clique en el botón "Tramitar por internet" y siga los pasos que se le indican.
Solo para los solicitantes no obligados a relacionarse telemáticamente con la administración (puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica).
Deberá entregar el impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con el justificante del pago de la tasa correspondiente así como la documentación requerida en el registro de la gerencia de urbanismo.O promotor comunicará ao concello a intención de levar a cabo a primeira ocupación cunha antelación mínima de 15 días hábiles á data
Comunicación previa: documento por el cual las personas interesadas ponen en conocimiento de la administración pública competente sus datos de identificación y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o inicio de una actividad, conforme con el establecido en el artículo 69.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
La presentación de una comunicación previa no es una autorización administrativa tácita, sino un medio para que la administración conozca la existencia de la actuación de que se trate y posibilitar el control posterior, distinto de la facultad de inspección común, mediante las oportunas actuaciones administrativas. Constituye uno titulo habilitante de naturaleza urbanística correspondiendo a sus titulares ajustarse a las condiciones indicadas en la comunicación y las demás exigidas por el ordenamiento jurídico.
El transcurso del plazo de quince días hábiles sin que el Ayuntamiento declare completa la documentación presentada, o requiera la enmienda de las deficiencias que presente la documentación, no habilita para la ocupación de las edificaciones si las obras no están finalizadas, se cumplimentaron todas las condiciones de la licencia de obras autorizada (cesiones, urbanización ....) y la edificación no se ajusta a la licencia autorizada sin modificaciones sustanciales, requisitos que, el interesado en su comunicación, manifiesta que cumple bajo su responsabilidad.
Se advierte que, el Ayuntamiento dispone de posteriores facultades de comprobación, control e inspección sobre los actos y usos del suelo. La responsabilidad solidaria, respeto de la conformidad de las obras con la ordenación urbanística de aplicación y su adecuación al proyecto presentado, es atribuida en la legislación a quién promueve las obras, a quién tiene la propiedad de los terrenos, a los empresarios de las obras, a los técnicos redactores del proyecto y los directores de las obras y de su ejecución. (artículo 160.1 de la Ley 2/2016 del suelo de Galicia).
Plaza del Rey s/n
Teléfono: 986 810 320
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Praza do Rei 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100
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