En cumplimiento del articulo 21.3 de él RD 1036/2017 de 15 de diciembre, por lo que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto, en el caso de hacer operaciones aéreas especializadas sobre aglomeracións de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o reuniones de personas al aire libre, deben realizarse sobre zonas acotadas en la superficie en las que, la autoridad competente la tales efectos, haya limitado el paso de personas o vehículos o, en otro caso, manteniendo una distancia horizontal mínima de seguridad de 50 m respecto a edificios u otro tipo de estructuras y respecto a cualquier persona, salvo personal del operador o personal que está involucrado en el desarrollo de la operación.
Cualquier persona física o jurídica que precise la acotación para desempeñar el uso con aeronaves no tripuladas
Solicitará los lugares donde se desea limitar el paso de vehículos y personas
Debe cubrir el formulario web, en esta página, y presentar la solicitud/autoliquidación resultante en las entidades bancarias colaboradoras para hacer el pago de la tasa.
Una vez hecho el pago presente el impreso correspondiente al Ayuntamiento, junto con la documentación necesaria, en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo.
Ayuntamiento de Vigo
Plaza del Rey 1 - Sótano 1
Teléfono: 986 810 291 ; 986 810 121
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
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