
El Padrón es el registro que acredita la residencia y la dirección de los vecinos del municipio a todos los efectos administrativos.
Toda persona que viva en España tiene el deber de inscribirse en el padrón del municipio donde reside habitualmente. Quien viva en varios municipios, o en varios domicilios dentro del mismo municipio, deberá inscribirse únicamente en el que resida durante más tiempo al año.
Este trámite va dirigido a aquellas personas inscritas en Vigo que quieren actualizar sus datos por cambio de domicilio dentro del mismo municipio.
Firmada por todos los miembros mayores de edad (en las casillas de los menores firmarán madre, padre o tutor legal).
Si se presenta de forma presencial firma manual, si se presenta por internet firmada digitalmente.
Recomendable incluir un teléfono y un correo electrónico.
Uno de los siguientes: DNI, NIE con foto, pasaporte, tarjeta de residencia, cédula de inscripción, o resguardo de protección internacional.
Obligatorio el DNI para mayores de 14 años.
En el caso de presentación online firmados digitalmente por el titular (en caso de menores por uno de los progenitores)
Si está caducado: puede aportar el resguardo de renovación pagado junto con una copia del documento caducado.
A través de la Carpeta Ciudadana:
1. Necesitas uno de los siguientes: certificado digital o DNI electrónicoo clave permanente o PIN-SMS del Ayuntamiento de Vigo.
2. Cubrir el formulario de solicitud.
3. Adjuntar la documentación requerida firmada electrónicamente.
El empadronamiento será efectivo tras la revisión por parte del Servicio de Estadística y oportuna notificación al interesado.
Solo para los solicitantes no obligados a relacionarse telemáticamente con la administración (puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica).
1. Cumprimentar la Hoja de Inscripción / Modificación del Padrón de Habitantes (disponible en esta página y en la oficina de Estadística del Ayuntamiento).
2. Llevar la documentación necesaria (le será devuelta).
3. Presentarla en el ayuntamiento. Hay dos opciones:
Opción 1. Presentar en el servicio de estadística:
Solicitar cita previa en la web de cita previa o llamando al 010.
El empadronamiento tendrá lugar en el acto.
Opción 2. Presentar en el registro general:
Con o sin cita previa (en la web de cita previa o llamando al 010).
El empadronamiento tendrá lugar una vez verificada la documentación por el Servicio de Estadística, cuya efectividad se comunica vía SMS o correo electrónico.
El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
- Los que vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residan durante más tiempo al año.
- El vecino tiene derecho a conecer la información que consta en el Padrón sobre su persona y a exigir su rectificación cuando sea errónea o incorrecta.
- La presentación de la hoja de inscrición / modificación cumplimentada en el Ayuntamiento implica su conformidad para actualizar el Censo Electoral en consonancia con los datos reflejados en ella.
Ayuntamiento de Vigo - Planta Baja
Plaza del Rey nº1 36202 - Vigo
Horario: de 9:00 a 13:30
Teléfono: 986 81 01 32
Email: ofi.estatistica@vigo.org
a) Si el que está empadronado lo está con un contrato de arrendamiento, debe autorizar el arrendatario.
b) Si el que está empadronado es con la autorización del propietario, un nuevo empadronamiento debe autorizarse también por el propietario.
Necesita autorización del propietario
a) Si la documentación está completa, se tramita el cambio/alta y se le envía correo/SMS para indicarle que ya se encuentran empadronados y que pueden descargar un volante a través de la página web. En este caso el alta se produce con efectos desde la fecha de presentación de la documentación completa en Registro o a través de la Sede (para quien lo haga con certificado digital).
b) En caso de documentación incompleta se le requerirá para subsanar la documentación. En este caso, al alta/ cambio tendrá efectos desde la fecha en la que la documentación quedó completa.
Regla general
Si se empadronan con ambos padres, firma cada padre en su nombre y uno de ellos en nombre del menor (acompañará certificado de nacimiento, con 14 años en adelante, además DNI).
Padres separados/divorciados con custodia exclusiva
Quien tenga la custodia, acreditada mediante sentencia judicial, no necesita la acreditación del otro progenitor.
Padres separado/divorciados con custodia compartida
Firma el progenitor con el que la sentencia judicial dice que debe empadronarse. En ausencia de este pronunciamiento judicial, es necesaria la autorización del otro progenitor.
Empadronamiento con otros familiares
Autorización de ambos cónyuges.
Tutelados o acogidos
Resolución administrativa o judicial.
a) Si tiene contrato de alquiler llega con presentarlo junto al resto de documentación..
b) Si no tiene contrato de alquiler necesita la autorización del propietario.
a) Si el que está empadronado lo está con un contrato de alquiler, debe autorizar el arrendatario.
b) Si el que está empadronado es con la autorización del propietario, un nuevo empadronamiento debe autorizarse también por el propietario.
Praza do Rei 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100
Para tener acceso a este apartado necesita identificarse mediante usuario y clave de Carpeta Ciudadana o mediante Certificado electrónico (como el DNI electrónico).