OB-004 Licencia intervenciones menores en edificaciones catalogadas

Son obras de mantenimiento caracterizadas por su escasa entidad económica y por su sencillez técnica, dirigidas a la simple reparación, decoración o mantenimiento y limpieza de edificios declarados bienes de interés cultural o catalogados por sus singulares características o valores culturales, históricos, artísticos, arquitectónicos o paisajísticos.

Se incluyen las obras enumeradas en la siguiente relación:

Mantenimiento de partes no edificables de parcelas y solares:

1.a. Limpieza interior de parcelas y solares, sin movimientos de tierras.

1.b. Reparación de cierres de parcelas sin afecciones estructurales.

1.c. Tala de árboles que no formen masa arbórea.

Mantenimiento de fachadas de los edificios:

2.a. Reparación y sustitución de elementos auxiliares de la cubierta (canalones, bajantes y barandillas).

2.b. Limpieza y pintado de fachadas.

2.c. Cambio de carpintería exterior, persianas, barandillas o similares.

Mantenimiento de cubiertas de los edificios:

3.a. Sustitución puntual de material de cubiertas o terrazas.

Mantenimiento y actualización de las instalaciones de los edificios:

4.a. Sustitución de instalaciones privativas de vivienda o local (agua, gas, electricidad, desagües o similar).

4.b. Nuevas instalaciones no empotradas en elementos estructurales (vigas, pilares, muros de carga, etc.), sin instalaciones en el exterior.

4.c. Mantenimiento de instalaciones comunes del edificio (ascensor, calderas, etc.).

Mantenimiento o sustitución de los acabados interiores de los edificios:

5.a. En paredes, suelos y falsos techos.

5.b. Reformas en cocinas o baños que no modifiquen las divisiones interiores.

A quién está dirigido

Cualquier persona física o jurídica.

Cómo hacerlo

Por Internet

Pulsando en el botón "Tramitar por Internet" puede realizar el pago de la autoliquidación online y enviar la documentación requerida de forma telemática. De esta manera la solicitud resultante y la documentación requerida quedará registrada de forma automática en el Registro de la Gerencia de Urbanismo sin que tenga que realizar ningún trámite de forma presencial.

Obligatoria de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas: Personas jurídicas, Entidades sin personalidad jurídica. Profesionales de colegiación obligatoria, en el ejercicio de su actividad profesional y quien represente a obligados a relacionarse de forma electrónica.




Presencialmente

Solo para los solicitantes no obligados a relacionarse telemáticamente con la administración (puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica).

Deberá entregar el impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con el justificante del pago de la tasa correspondiente así como la documentación requerida en el registro de la gerencia de urbanismo.

Documentación requerida

    • Impreso de solicitud de licencia de intervenciones menores en edificaciones catalogadas (OB-004)
    • Impreso de autoliquidación de la tasa correspondiente
    • Personas físicas
      Identificación en el registro o en la sede electrónica. Quien comparezca o firme en representación de otra persona acompañará un documento que acredite debidamente dicha representación (autorización expresa, poder notarial o declaración responsable) y copia del DNI de la persona representada
    • Personas jurídicas
      Identificación en el registro o en la sede electrónica del representante y documentación acreditativa de la representación y escritura o documento de constitución y/o estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. No es necesario en las solicitudes realizadas en la sede electrónica con el certificado electrónico de la persona jurídica.
    • Planos de situación y localización
      de la edificación o parcela en que se va a realizar la obra, a escala mínima 1:2000 y 1:500 respectivamente.
    • Presupuesto detallado de las obras o actuación a realizar
      el presupuesto deberá estar firmado por el contratista , ejecutor de la obra o técnico competente. En caso de que la obra la realice el propio interesado deberá indicarlo y presentar justificante del coste de los materiales.
    • Reportaje fotográfico
      incluídas fotografías de la totalidad de la fachada y del interior del local, si son obras interiores, subscrita por la persona solicitante.
    • Autorizaciones e informes sectoriales que sean preceptivos
      junto con la manifestación expresa de que cuenta con todos los necesarios para el inicio de la actividad.
    • Fotografias de la fachada y del entorno de la edificación
      y si se actúa sobre las fachadas se incluirá un plano de alzado con el estado actual y reformado. Se justificará la integración de los materiales propuestos en la fachada existente.
  • En los casos de obras en fachadas que necesitan andamios
    • Certificado de técnico/a competente
      En el que se indique que la colocación de los andamios se hace bajo su dirección y que reunirán las debidas condiciones de seguridad una vez instalados.
  • En el caso de edificacións situadas en los ámbitos de Planes especiales de protección (PEEC, Casco Vello, Bouzas)
    • Memoria justificativa
      Memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones estéticas, que deberá contener la seguinte documentación: - En el caso de actuaciones dentro del ámbito del PEPRI Casco Vello: Se justificará el cumplimiento del art. 3.6 de la Normativa Urbanística del PEPRI del Casco Vello de Vigo en el que se indican las condiciones estéticas de las edificaciones (aprobación definitiva 12.04.07-DOG 6.06.07). - En el caso de actuaciones dentro del ámbito del PEPRI de Bouzas: Se justificará el cumplimiento del capítulo VII: Regulación de las condiciones estéticas (art. 50 y ss.) de la Normativa Urbanística del PEPRI de Bouzas (aprobación definitiva 30.09.02-BOP 11.11.02). - En el caso de actuaciones en el ámbito del Plan Especial de Edificios a Conservar: Se indicarán los acabados (materiales, color y texturas) que se ajustarán al regulado en el artículo 8.2 Normas estéticas y de composición de las normas urbanísticas del Plan especial de edificios, conjuntos y elementos a conservar, PEEC (aprobación definitiva 25.10.90-BOP 17.01.91).
  • En el caso de edificaciones catalogadas
    • Documentación complementaria
      la documentación deberá completarde con la necesaria de conformidad con el artículo 43 de la Ley 5/2016, del 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia.
  • En el caso de presentar documentación técnica
    • Declaración responsable (o certificado colegial) de técnico/a competente
      en el que figuren sus datos personales y profesionales de manera que permita su identificación y en la que se acredite que no está inhabilitado/a o incurso/a en causa de incompatibilidad.
  • De ser el caso
    • Certificación de conformidad con la legalidad urbanística y el planeamiento aplicable
      emitida por una entidad de certificación de conformidad municipal debidamente acreditada e inscrita en el Registro de Entidades de Certificación de Conformidad Municipal de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Oficinas

  • Gerencia Municipal de Urbanismo

    Plaza del Rey s/n

    Teléfono: 986 810 320

    Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

Normativa Municipal

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Praza do Rei 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100

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