Cuando la ocupación de dominio público corresponda a empresas explotadoras de servicios de suministración a los que se refiere el apartado 5 del artículo 4 de la ordenanza fiscal 30, así como empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil y otras telecomunicaciones a que se refiere la Ordenanza fiscal 35 del Ayuntamiento, finalizada la obra correspondiente a cada licencia o transcurrido el plazo de tres meses contado a partir de la fecha de la propuesta de ejecución (PRX), deberá formularse, a efectos censales, declaración de ocupación de dominio público según el formulario disponible en en esta misma página.
Empresas explotadoras de servicios de suministración a los que se refiere el apartado 5 del artículo 4 de la ordenanza fiscal 30, así como empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil y otras telecomunicaciones a que se refiere la Ordenanza fiscal 35 del Ayuntamiento
Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.
El incumprimento de está obligación constituye infracción tributaria tipificada en el artículo 198.1 de la LGT.
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Praza do Rei 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100
Para tener acceso a este apartado necesita identificarse mediante usuario y clave de Carpeta Ciudadana o mediante Certificado electrónico (como el DNI electrónico).