Pago de la Tasa por Retirada de Instalaciones y Géneros Relativos al Ejercicio de cualquier Actividad en la Vía Pública sin Licencia y Otros

Deberá hacer el pago de esta tasa por la prestación de la Administración Municipal de los siguientes servicios:

a. Retirada, transporte y custodia de instalaciones, elementos y géneros relativos al ejercicio de cualquier actividad o comercio en la vía pública, o en dominio público municipal, sin licencia en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la "Ordenanza reguladora de la venta en la vía pública y espacios abiertos".

b. Retirada, transporte y custodia de elementos u objetos colocados en la vía pública sin la correspondiente autorización municipal.

c. Servicios similares a los anteriores ordenados por resolución del Alcalde, Comisión de Gobierno o Pleno por causa de fuerza mayor, orden pública, ruina, seguridad de personas y bienes y otros.

A quién está dirigido

A los vendedores y/o responsables por cualquier título de los elementos, instalaciones y géneros objeto de la retirada y custodia. En materia de responsabilidades se aplicarán los artículos 12 a 16 de la Ordenanza Fiscal General.

Cómo hacerlo

Presencialmente

El deber de contribuir por esta tasa nace en el momento en que los funcionarios municipales se hagan cargo de las instalaciones, elementos y géneros para su transporte a un depósito municipal y posterior custodia. El ingreso de las tasas reguladas en esta Ordenanza se realizará por el procedimiento de autoliquidación en impreso reglamentario que facilitarán las oficinas de la Policía Local y Gestión Tributaria, siendo indispensable el pago para la retirada de los elementos custodiados.

Para el cálculo de la cuota a pagar consulte el artículo 5 de la Ordenanza Nº 17: Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por la prestación de los servicios de Retirada, Transporte y Custodia de Instalaciones, Elementos y Géneros relativos al ejercicio de cualquier actividad o comercio en la vía pública sin licencia municipal y otros prestados por causas excepcionales.

Los funcionarios responsables de la Policía Local verificarán, antes de la entrega de los bienes custodiados la corrección de la autoliquidación practicada, en particular, el número de días de duración de la custodia sin contar sábados, domingos ni festivos.

Documentación requerida

    • Autoliquidación de las tasas por retirada, transporte y custodia de instalaciones y géneros relativos al ejercicio de actividad o comercio y otros

Oficinas

  • Oficina Policía Local Ayuntamiento de Vigo
    Plaza del Rey 1 - Planta Baja
    36202 Vigo
    Teléfono: 986 810 286

    Horario: De 7:30 a 13:30 horas.

  • Oficina de Gestión Tributaria Ayuntamiento de Vigo
    Plaza del Rey 1 - Planta Baja
    36202 Vigo
    Teléfono: 986 810 269

    Horario: De 9 a 13:30 horas.

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