Deberá hacer el pago de esta tasa por la prestación de la Administración Municipal de los siguientes servicios:
a. Retirada, transporte y custodia de instalaciones, elementos y géneros relativos al ejercicio de cualquier actividad o comercio en la vía pública, o en dominio público municipal, sin licencia en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la "Ordenanza reguladora de la venta en la vía pública y espacios abiertos".
b. Retirada, transporte y custodia de elementos u objetos colocados en la vía pública sin la correspondiente autorización municipal.
c. Servicios similares a los anteriores ordenados por resolución del Alcalde, Comisión de Gobierno o Pleno por causa de fuerza mayor, orden pública, ruina, seguridad de personas y bienes y otros.
A los vendedores y/o responsables por cualquier título de los elementos, instalaciones y géneros objeto de la retirada y custodia. En materia de responsabilidades se aplicarán los artículos 12 a 16 de la Ordenanza Fiscal General.
Solo para los solicitantes no obligados a relacionarse telemáticamente con la administración (puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica).
El deber de contribuir por esta tasa nace en el momento en que los funcionarios municipales se hagan cargo de las instalaciones, elementos y géneros para su transporte a un depósito municipal y posterior custodia. El ingreso de las tasas reguladas en esta Ordenanza se realizará por el procedimiento de autoliquidación en impreso reglamentario que facilitarán las oficinas de la Policía Local y Gestión Tributaria, siendo indispensable el pago para la retirada de los elementos custodiados.Horario: De 7:30 a 13:30 horas.
Horario: De 9 a 13:30 horas.
Praza do Rei 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100
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