CP-004 Comunicación previa para obras menores exentas de licencia

En edificios catalogados todas las obras están sujetas a licencia de obra previa

Mediante la comunicación previa las personas interesadas ponen en conocimiento de la administración Pública competente sus datos identificativos y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o inicio de una actividad, conforme con lo establecido en el artículo 70.1 de la ley 30/1992, de 23 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Son obras menores las caracterizadas por su escasa entidad económica y por su sencilla técnica que les exime de la necesidad de documentación técnica, dirigidas a la simple reparación, decoración, o mantenimiento y limpieza. Se incluyen en este concepto las obras enumeradas en la siguiente relación:   

Relación de obras menores sujetas al régimen de comunicación previa

1. Mantenimiento de partes no edificables de parcelas y solares:

1a. Limpieza y desbroce interior de parcelas y solares, sin movimientos de tierras ni tala de arboledo.

1b. Reparación de cierres de parcelas sin alteraciones estructurales.

2. Mantenimiento de fachadas de los edificios:

2a. Reparación y relevos de elementos auxiliares de la cubierta ( canales, bajantes y barandas)

2b. Limpieza y pintado de fachadas.

2c. Cambio de carpintería exterior, persianas, barandas o similares.

3. Mantenimiento de cubiertas de los edificios:

3a. Relevo puntual de material de cubiertas o terrazas.

4. Mantenimiento y actualizaciones de las instalaciones de los edificios:

4a. Sustitución de instalaciones privativas de vivienda o local ( agua, gas, electricidad, desagüe o similar)

4b. Nuevas instalaciones no encastradas en elementos estructurales ( vigas, pilares, paredes maestras, etc.)

4c. Mantenimiento de instalaciones comunes del edificio ( ascensor, calderas, etc.)

5. Mantenimiento de los acabados interiores de los edificios:

5a. En paredes, suelos y falsos techos.

5b. Reformas en cocinas o baños que no modifiquen las divisiones interiores.

La comunicación previa deberá realizarse con una antelación mínima de 15 días hábiles.

El resto de las obras menores en las que es necesario acercar documentación técnica se tramitarán también por el procedimiento de comunicación previa descrito en el apartado siguiente.

A quién está dirigido

Cualquier persona física o jurídica.

Cómo hacerlo

Por Internet

Pulsando en el botón "Tramitar por Internet" puede realizar el pago de la autoliquidación online y enviar la documentación requerida de forma telemática. De esta manera la solicitud resultante y la documentación requerida quedará registrada de forma automática en el Registro de la Gerencia de Urbanismo sin que tenga que realizar ningún trámite de forma presencial.

Importante: No podrá completar la solicitud si no adjunta toda la documentación requerida. Tenga preparada dicha documentación en formato digital para adjuntarla en el momento en que se le pida.Si lo que desea es hacer una simulación de la cuota a pagar, pulse en el botón "Acceso Simulación" una vez pulsado "Tramitar por Internet".

Obligatoria de conformidad con el artículo 14.2 de la ley Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas : Personas jurídicas, Entidades sin personalidad jurídica. Profesionales de colegiación obligatoria, en el ejercicio de su actividad profesional y quien represente a obligados a relacionarse de forma electrónica




Presencialmente

Debe cubrir el formulario web, en esta página, o solicitar el impreso en la Gerencia de Urbanismo, y presentar el impreso de solicitud/autoliquidación resultante en las entidades bancarias colaboradoras para hacer el pago.

Una vez hecho el pago, presente el impreso, junto con la documentación requerida, en el Registro de la Gerencia de Urbanismo de Vigo.

Plazos

A comunicación previa deberá realizarse cunha antelación mínima de 15 días hábiles.

Documentación requerida

    • Solicitude de comunicación previa de obras menores En el caso de hacer la solicitud en este impreso y no a través del formulario web, deberá solicitar el impreso de autoliquidación en el Registro de la Gerencia de Urbanismo para hacer el pago correspondiente.
    • Plano de situación y localización
      a escala mínima 1:2000 e 1:500 respectivamente. Se admite en sustitución, la Consulta Descriptiva y Gráfica de Datos Catastrales del bien inmueble. https://www1.sedecatastro.gob.es/CYCBienInmueble/OVCBusqueda.aspx
    • Presupuesto desglosado
      de la obra o actuación a realizar.
    • Reportaje fotográfico
      de la fachada de la edificación y de la zona de la obra.
    • Autorizaciones e informes sectoriales que sean preceptivos
      (copia). Junto con la manifestación expresa de que cuenta con todos los necesarios para el inicio de la actividad.
  • Datos identificativos de la persona solicitante
    • Personas físicas
      DNI (o documento que haga sus veces) del solicitante y del representante. Las personas que comparezcan o firmen en representación de otra, acompañarán además un documento que acredite debidamente dicha representación (autorización expresa, poder notarial o declaración responsable).
    • Personas jurídicas
      1. DNI (o documento que haga sus veces) de la persona representante y documentación acreditativa de la representación. 2. Escritura o documento de constitución y/o Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, segundo el tipo de persona jurídica de que se trate.
    • Comunidad de propietarios
      DNI (o documento que haga sus veces) del o de su presidente. En caso de que la solicitud la realice la administradora de la comunidad, acercará su DNI y documento que acredite debidamente su representación (autorización expresa, poder notarial o declaración responsable). Además acta del nombramiento de la persona presidente o acta de la reunión de propietarios en la que se recoja el acuerdo a la realización de las obras.
  • En el caso de edificaciones situadas en los ámbitos de las Ordenanzas 1 y 2 del PGOM vigente
    • Memoria justificativa
      del cumplimiento de las condiciones estéticas, que deberá contener la siguiente documentación: 1. En el caso de actuaciones dentro del ámbito del PEPRI Casco Viejo: Se justificará el cumplimiento del artículo 3.6 de la Normativa Urbanística del PEPRI del Casco Viejo de Vigo en el que se indican las condiciones estéticas de las edificaciones (aprobación definitiva 12.04.07-DOG 6.06.07). 2. En el caso de actuaciones dentro del ámbito del PEPRI de Bouzas: Se justificará el cumplimiento del capítulo VII: Regulación de las condiciones estéticas (artículo 50 y siguientes) de la Normativa Urbanística del PEPRI de Bouzas (aprobación definitiva 30.09.02-BOP 11.11.02). 3. En el caso de actuaciones en zona de ordenanza 2: Se indicarán los acabados (materiales, color y texturas) que se ajustarán a lo regulado en el artículo 8.2 Normas estéticas y de composición de las normas urbanísticas del Plan especial de edificios, conjuntos y elementos a conservar, PEEC (aprobación definitiva 25.10.90-BOP 17.01.91). 4. Se presentarán fotografías de la fachada y el entorno de la edificación, y si se actúa sobre las fachadas se incluirá un plano de alzado con el estado actual y reformado. Se justificará la integración de los materiales propuestos en la fachada existente.
  • En los casos de obras en fachadas que necesitan andamios
    • Certificado de técnico/a competente
      en el que se indique que la colocación de los andamios se hace bajo su dirección y que habían reunido las debidas condiciones de seguridad una vez instalado.
  • En el caso de presentar documentación técnica
    • Declaración responsable (o certificado colegial) de técnico competente
      en el que figuren sus datos personales y profesionales de manera que permita su identificación y en la que se acredite que no está inhabilitado o incurso en causa de incompatibilidad.

Observaciones

En edificios catalogados todas las obras están sujetas a la licencia de obra previa.

Oficinas

  • Gerencia Municipal de Urbanismo

    Plaza del Rey s/n

    Teléfono: 986 810 320

    Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

Normativa Municipal

Trámites relacionados

Ayuntamiento de Vigo (Servicio de Administración Electrónica)

Praza do Rei 1 - 36202 - Vigo (Pontevedra) - Teléfono: 010 - 986810100

Servicios de la Sede Electrónica

Carpeta ciudadana

Para tener acceso a este apartado necesita identificarse mediante usuario y clave de Carpeta Ciudadana o mediante Certificado electrónico (como el DNI electrónico).

Más información