Ayudas Municipales a la Contratación 2024

Convocatoria de subvenciones para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, del programa de ”Ayudas Municipales a la Contratación” en el marco de actuación municipal para el año 2024 que se integran en la línea 2.6. Atención a los colectivos y a sus necesidades sociales: emprendedores/as del Plan Estratégico de Subvenciones (PES) aprobado por la Junta de Gobierno Local en su sesión ordinaria del 08.03.2024; al efecto, tiene por objeto servir de estímulo al empresariado para la contratación, favorecer la mejora de las condiciones y el empleo estable y de calidad de las personas trabajadoras del municipio de Vigo, a través de los siguientes programas de ayudas:

A) Programa Indefinidos: comprende la transformación a indefinido del contrato previo formalizado, y de ser el caso de sus prórrogas, en cualquiera de las modalidades contractuales vigentes en el período comprendido desde el 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024 realizado a la persona trabajadora por la que se solicita la ayuda.

El contrato indefinido tendrá una jornada laboral superior o igual al 50% de la jornada laboral semanal establecida en el convenio colectivo de aplicación y será superior o igual al contrato temporal del que deriva.

La persona trabajadora por la que se solicita esta ayuda estará empadronada en el municipio al menos desde el 1 de enero de 2023, y prestará servicios en el mismo.

B) Programa Contrataciones: comprende la contratación indefinida de personas trabajadoras desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo, empadronadas en el municipio de Vigo, para prestar servicios en el mismo, en el período comprendido entre el 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024 .

El contrato subscrito tendrá una jornada laboral superior o igual al 50% de la jornada laboral semanal establecida en el convenio colectivo de aplicación.

La persona trabajadora por la que se solicita esta ayuda resultará seleccionada entre las candidaturas remitidas desde la unidad de Desarrollo Local y Empleo del Ayuntamiento de Vigo y/o desde el Servicio Público de Empleo de Galicia para lo que previamente se remitirá la correspondiente oferta de empleo. En el caso de falta de candidaturas con el perfil requerido se admitirá a la empresa solicitante la contratación de una persona trabajadora que resulte de su proceso de selección y reúna los requisitos de esta convocatoria.

Quedan excluidas las contrataciones indefinidas iniciales que se realicen con personas trabajadoras que en los 6 meses anteriores a la fecha de contratación prestasen servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato de carácter indefinido, o en los últimos 3 meses mediante un contrato de carácter temporal. Lo dispuesto en este párrafo será también de aplicación en los casos de sucesión de empresas previsto en el art. 44 del RDL 2/2015, de 23 de octubre.

C) Programa Mejora: Comprende la ayuda para la mejora de la estabilidad laboral en el período comprendido entre el 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024, a través de las siguientes opciones:

- el incremento de jornada laboral del contrato formalizado de tiempo parcial a tiempo completo según establezca el correspondiente convenio colectivo de aplicación.

- el incremento de la duración anual del contrato fijo-discontinuo a un mínimo de 9 meses a jornada completa.

La persona trabajadora por la que se solicita esta ayuda estará empadronada en el municipio de Vigo al menos desde el 1 de enero de 2023 y prestará servicios en el municipio.

A quién está dirigido

Podrán concurrir a esta convocatoria pública las personas físicas (autónomos/as) y empresas privadas, con independencia de su forma jurídica, las comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas, sociedades laborales y las personas que estén de alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o mutualidad de colegio profesional.

No podrán solicitar estas ayudas las grandes empresas(*), las entidades sin ánimo de lucro ni las personas físicas distintas de lo dispuesto en el párrafo anterior.

(*) Empresa con 250 trabajadores o más y un volumen de facturación anual superior a 50 millones de euros o un activo total que supera los 43 millones de euros.

Cómo hacerlo

Por Internet

Podrá realizar la solicitud y enviar la documentación requerida de forma telemática a partir del 23 de abril de 2024. De esta manera la solicitud resultante y la documentación requerida quedará registrada de forma automática en el Registro del Ayuntamiento de Vigo sin que tenga que realizar ningún trámite de forma presencial.

Obligatoria de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas : Personas jurídicas, Entidades sin personalidad jurídica. Profesionales de colegiación obligatoria, en el ejercicio de su actividad profesional y quien represente a obligados a relacionarse de forma electrónica




Presencialmente

Deberá presentar el impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con la documentación requerida en el registro del Ayuntamiento de Vigo.

Sólo para personas físicas no obligadas de conformidade al artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas

Plazos

Pode realizar a solicitude dende o 23 de abril 2024 ao 14 xulio 2024

Documentación requerida

  • Documentación común a los tres programas:
    • (AMC2024) Anexo I - Solicitud
    • Documento Acreditativo de la Representación
      Las personas jurídicas presentarán poder suficiente o documento acreditativo para actuar en nombre de la sociedad de quien firma la solicitud. - En caso de poderes mancomunados el formulario de solicitud se presentará firmado por la persona que tenga la firma electrónica que representa a la entidad y hará constar los datos de todas las personas representantes. - En caso de solicitud de la ayuda por medio de terceros se presentará documento acreditativo de autorización de representación firmado por la persona otorgante y por la persona autorizada.
    • Documento acreditativo de autorización de representación
      En caso de solicitud de la ayuda por medio de terceros se presentará documento acreditativo de autorización de representación firmado por la persona otorgante y por la persona autorizada.
    • (AMC2024) Anexo II - Consulta del padrón municipal de la persona por la que se solicita la subvención o, en su defecto, volante de empadronamiento correspondiente.
    • (AMC2024) Anexo III - Declaración responsable de información de la condición de micropyme, si procede
  • A) Documentación específica del Programa Indefinidos:
    • Vida Laboral
      Informe de vida laboral del código de cuenta de cotización donde conste la relación nominal de todas las personas trabajadoras que estén en el cuadro de personal de la empresa, con fecha posterior a la transformación del contrato temporal a indefinido para la que se solicita la subvención.
    • Copia de los contratos de trabajo
      (temporal inicial, prórrogas y transformación de la modalidad de contrato a indefinido). Para el contrato fijo discontinuo, en caso de que no esté especificado, se indicará el tiempo de trabajo efectivo anual en semanas y la jornada laboral estimada a efecto de determinar la cuantía de la ayuda.
    • Certificado y/o documento acreditativo
      da pertenza da persoa traballadora a algún dos colectivos especificados na base 2ª, apartado a.2 das bases reguladoras e convocatoria.
  • B) Documentación específica del Programa Contrataciones:
  • C) Documentación específica del Programa Mejora
    • Vida Laboral
      Informe de vida laboral del código de cuenta de cotización donde conste la relación nominal de todas las personas trabajadoras que estén en el cuadro de personal de la empresa, con fecha posterior a la mejora del contrato para el que se solicita la ayuda.
    • Copia del contrato de trabajo
      Copia del contrato de trabajo vigente y, de ser el caso, de sus prórrogas registrados en el Servicio Público de Empleo, y del documento acreditativo del incremento de la jornada laboral.
    • Certificado y/o documento acreditativo
      de la pertenencia de la persona trabajadora a alguno de los colectivos especificados en la base 2ª, apartado c.2 de las bases reguladoras y convocatoria.
  • Documentación a presentar en caso de concedérsele la subvención y en el momento de la justificación:

Oficinas

  • Desarrollo local y empleo Ayuntamiento de Vigo
    Plaza del Rey 1, 4ª Planta
    Teléfono: 986 810 304 ; 986 810 232

    Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

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